Inscripciones de Nacimientos

Los ciudadanos ecuatorianos pueden inscribir el nacimiento de sus hijos en el exterior, en el consulado ecuatoriano.

La inscripción consular procede cuando quien va a ser inscrito ha nacido en el exterior, de madre o de padre ecuatoriano.  La nacionalidad ecuatoriana de los padres puede ser por nacimiento o por naturalización.

Requisitos:

  • Documento de identidad
  • Partida de nacimiento del menor o el documento equivalente del país donde tuvo lugar el nacimiento
  • Partida de matrimonio de los padres (si fuesen casados);
  • Documento que acredite el parentesco con el menor o la calidad de apoderado.

La inscripción puede ser solicitada por cualquiera de las siguientes personas:

  • Padre o madre
  • Abuelos
  • Hermanos, mayores de edad (18 años o más)
  • Parientes mayores de edad, o
  • Apoderado

1. Inscripción oportuna de nacimiento

La inscripción del nacimiento del niño es oportuna cuando se realiza dentro de los 30 días siguientes.

Inscripciones oportunas:   GRATIS

 

2. Inscripción tardía de nacimiento (18 años)

La inscripción del nacimiento del ciudadano es tardía cuando se realiza después de los 30 días.

Inscripción tardía de nacimiento US $ 30.00

*  Todos los pagos son en dólares americanos en efectivo.

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